Préstamo Solidario de Octubre: ¿Cómo solicitar el beneficio de $650 mil?

Octubre es el último mes en el que se podrá solicitar el Préstamo Solidario 2021, un beneficiado creado durante el año pasado para ir en ayuda de aquellas familias y personas que disminuyeron sus ingresos a causa de la crisis económica provocada por la pandemia del Coronovirus.

Este préstamo, cuya devolución no contempla intereses, permite cubrir en hasta un 100% la caída de los ingresos del trabajador, con un tope máximo de $650 mil mensuales.

Cabe señalar que el principal requisito para solicitar este aporte estatal es la disminución de al menos un 10 % de tus Ingresos Promedio Segundo Semestre de 2020 e igual periodo de 2019.

Por otro lado, quienes soliciten este dinero, deben presentar un ingreso promedio mensual del año 2019 debe ser mayor o igual a $298.833, sin tope máximo.

Es importante mencionar que este último periodo de postulaciones al Préstamo Solidario comenzó el pasado viernes 8 de octubre y se extenderá hasta el último día de este mes, es decir, hasta el domingo 31.

Revisa a continuación todos los detalles para que puedas solicitarlo este mes.

¿Cómo solicitar el Préstamo Solidario de octubre?

Para solicitar el Préstamo Solidario Clase Media, debes ingresar al sitio web del Servicio de Impuestos Internos SII www.sii.cl.- y hacer clic en el banner de «Beneficios Covid-19».

Posteriormente, debes dirigirte al banner del Préstamo Solidario y haz clic en «ingresa aquí». Después selecciona «Solicitar y Consultar estado del Préstamo Solidario» e inicia sesión con tu Clave Única o Clave Tributaria.

El sistema determinará si la persona puede solicitar el crédito y el monto que puede recibir.

¿Cómo será el proceso de devolución?

– En 4 cuotas anuales a través de la declaración de impuesto a la renta. Las cuotas se reajustarán según el IPC y el primer pago se realizará en el año 2023.

– La primera cuota de pago corresponderá a un 10% del monto del Préstamo Solidario recibido, y las 3 cuotas restantes corresponderán a un 30% del mismo.

– Cada cuota anual no puede exceder el 5% de las rentas que forman parte de la declaración anual de impuesto a la renta.

Vía: mega.cl
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