Préstamo Solidario 2021: Revisa cuándo postular y las fechas de pagos
Dentro de los beneficios anunciados por el Gobierno para enfrentar la crisis económica por el coronavirus, se encuentra el Préstamo Solidario para la Clase Media, ayuda que consiste en un aporte en dinero que cubre hasta un 100% de la caída de ingresos de una familia, con un tope de $650.000.
El beneficio podrá ser solicitado en dos oportunidades, pero de manera excepcional, se podrá acceder a un tercer aporte si quién lo solicita, no califica para el Bono Clase Media ( o si decide no utilizarlo pese a cumplir con los requisitos).
Para postular al préstamo no se requiere de ningún documento, pero si es importante tener a su disposición la Clave Única (la que se puede obtener vía online) y la Clave Tributaria, otorgada por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Plazos para postular y fechas de pago
Las postulaciones para acceder al Préstamo Solidario para la Clase Media comienzan el próximo sábado 8 de mayo, fecha en que el Servicio de Impuestos Internos (SII) habilitará la plataforma web para que las personas puedan solicitar el beneficio.
En relación a la fecha en que se deposita el dinero solicitado, la ley establece que la Tesorería General de la República realizará el pago dentro de 10 días hábiles contados desde la solicitud del beneficiario.
Por lo tanto, si la persona hizo la solicitud el sábado 08 de mayo, podrá contar con los montos a partir del día viernes 21 de mayo.
¿Cuáles son los requisitos?
Para acceder a este préstamo, los requisitos que se deben cumplir es haber tenido una caída en tus ingresos formales de al menos 10%, considerándose como tus fuentes de ingreso formal tus ingresos por empleo dependiente, boletas de honorarios e ingresos de empresas individuales.
La caída de tus ingresos se calculará entre tus ingresos formales promedio de enero y febrero de 2021, comparándose con tus ingresos formales promedio de enero y febrero de 2020.
¿Quiénes pueden postular al Préstamo Solidario?
El grupo de personas que podrán solicitar el aporte son las siguientes:
– Trabajadores dependientes e independientes y empresarios individuales, que hayan experimentado una disminución de, al menos un 10%, en sus ingresos formales entre el segundo semestre de 2019 y el segundo semestre de 2020.
– Pensionados de vejez e invalidez de renta vitalicia con un monto igual o inferior a $408.125.
– En el caso de funcionarios públicos, se considerará su ingreso promedio anualizado para la estimación de la caída de este.
¿Cómo será el proceso de devolución?
Respecto a su devolución, este beneficio tendrá un año de gracia y se pagará a partir de 2023 en cuatro cuotas anuales y sucesivas.
Las personas que soliciten el préstamo deberán pagar una primera cuota de 10% del monto total y luego tres cuotas del 30%. Cada uno de estos pagos no podrá exceder el 5% de las rentas que forman parte de la declaración anual de impuesto a la renta.
En tanto, los pensionados deberán devolver el dinero a la Tesorería General de la República en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, las que no podrán exceder el 5% del monto de su pensión.
El trámite para la devolución estará también disponible en la página del SII.
Fuente: t13.cl.-
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