Bono Desempeño 2022: ¿Cuándo se entregan los $310 mil a beneficiarios?

Una de las muchas ayudas que entrega el Estado a los trabajadores es el Bono Desempeño Laboral, el que es pagado en dos cuotas.

Este beneficio se paga en concreto a los asistentes de la educación y, como se mencionó, se paga en dos cuotas. La primera fue en diciembre de 2021 y la segunda será en febrero de 2022.

El monto a entregar corresponderá a la carga horaria que tiene cada trabajador y se paga en base al valor de la unidad de fomento.

¿Quiénes reciben el Bono Desempeño Laboral?

Este beneficio está destinado los asistentes de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los Servicios Locales de Educación Pública regidos por el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, y los regidos por el decreto de ley N° 3.166, de 1980.

Para hacer efectivo el pago del bono desempeño 2022, el trabajador debe tener un contrato vigente al 31 de agosto de cada año.

Por ahora, los montos a entregar son de 10 unidades de fomento (UF) para los trabajadores que tengan una jornada laboral de 44 horas semanales. Este monto será proporcional si disminuye la carga horaria.

Al 7 de enero de 2022, el valor de la UF es de $31.172, por lo que el monto total del bono sería cercano a los $311.720.

¿Cuándo se Paga el Bono Desempeño Laboral 2022?

El pago del bono de desempeño laboral se realizará en dos cuotas, en los meses de diciembre del año 2021 y Febrero del año 2022. Este beneficio no constituirá remuneración ni renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable, no estará afecto a descuento alguno y no será considerado subsidios pecuniarios mensuales, de carácter periódico para efectos de lo dispuesto en el artículo 12 de la ley Nº 20.595.

Será de cargo fiscal y administrado por el Ministerio de Educación, al que le corresponderá especialmente concederlo y resolver los reclamos a que haya lugar con ocasión de su implementación, los que podrán ser notificados a los reclamantes a través de las secretarías regionales o los departamentos provinciales del Ministerio.

En el caso de los asistentes de la educación que se desempeñen en establecimientos dependientes de los Servicios Locales de Educación, el pago del bono se efectuará por el respectivo Servicio Local de Educación, el que recibirá los fondos correspondientes directamente vía Aporte Fiscal Libre.

Quienes perciban maliciosamente este bono deberán restituir quintuplicada la cantidad percibida en exceso, sin perjuicio de las correspondientes sanciones administrativas y penales que pudieren corresponderles.

Fuente: t13.cl

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