Bono de $120 mil: ¿Cuándo serán los primeros pagos?
Habrá un grupo de personas recibirá los $120 mil de manera automática.
Durante esta tarde, el Bono Chile Apoya Invierno superó un nuevo trámite legislativo al ser aprobado en el Senado. Ahora volverá para un tercer trámite constitucional en la Cámara Baja.
Este aporte propuesto por el Gobierno plantea un pago único de $120 mil a 7,5 millones de personas que pertenezcan a la red de apoyos del Estado, como una forma de compensar el aumento del costo de la vida a causa de la inflación.
De acuerdo a lo informado por el Ejecutivo, este bono está destinado de forma automática a los beneficiarios o causantes de alguno de los siguientes aportes:
– Causantes del Aporte Familiar Permanente (ex Bono Marzo)
– Causantes del Subsidio Único Familiar (SUF)
– Causantes de la Asignación Familiar
– Beneficiarias del Bono al Trabajo de la Mujer
– Integrantes del programa Chile Solidario
– Beneficiarios del Bono Invierno (para pensionados, el que se otorgó en mayo pasado)
– Beneficiarios del Subsidio de Discapacidad Mental
– Beneficiarios del Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI)
– Beneficiarios de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)
Asimismo, podrán recibir el bono, previa postulación, los hogares que pertenezcan al 60% más vulnerable del país y tengan algún integrante que sea niño, niña, adolescente, adulto mayor o persona en situación de dependencia (moderada, severa o con discapacidad funcional).
Estos son los montos que recibirás de acuerdo al número de causantes:
1 causante: $120 mil pesos.
2 causantes: $240 mil pesos.
3 causantes: $360 mil pesos.
4 causantes: $480 mil pesos.
5 causantes: $600 mil pesos.
¿Cuándo comenzarán los pagos?
Según el proyecto de ley que crea el beneficio, los pagos del Bono Chile Apoya Invierno deberían entregarse durante el mes de agosto de 2022.
Específicamente, lo que indica el texto es lo siguiente: «El bono establecido en esta ley será de cargo fiscal.
Su pago se efectuará en una sola cuota en el mes de agosto de 2022 por el Instituto de Previsión Social» o por la entidad pagadera que corresponda, en una fecha exacta que será determinada cuando esté eventualmente promulgado.
Fuente: mega.cl.-
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