Aguinaldo de Fiestas Patrias 2019: ¿quiénes reciben el pago del bono?

aguinaldo de fiestas patrias 2019

El aguinaldo es un beneficio que la mayoría de los trabajadores reciben en Navidad o Fiestas Patrias, pese a que en el sector privado este aporte no es obligatorio y solo queda a criterio del empleador.

Para los trabajadores del sector público el aguinaldo es un derecho obligatorio que se entrega a todos los empleados que desempeñen cargos de planta o a contrata, y sus montos se definen cada año por Ley.

El sector público y pensionados recibirán un aguinaldo monetario establecido por el gobierno, regulado según el reajuste del 3,5% aprobado en Diciembre del año pasado.

Bono Fiestas Patrias 2019: Sector Privado

Para los empleadores, otorgar aguinaldo a sus trabajadores no es una obligación de fuente legal (como sí lo son, por ejemplo, las gratificaciones).

No obstante, un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir aguinaldo de Fiestas Patrias en caso de que esté contemplado en su contrato de trabajo o exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.

En estos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador (empresa), como un derecho de los trabajadores.

Para el año 2019, se estima según estudio realizado por Edenred, que el Monto del Aguinaldo Fiestas Patrias 2019 para el sector privado, será en promedio de $70.000.

¿Cuál es el monto del aguinaldo 2019 para el sector público?

Para este 2019 el aguinaldo de Fiestas Patrias fue acordado en diciembre de 2018 y publicado en la Ley 21.126 que fija los reajustes para el sector publico.

El monto del aguinaldo de Fiestas Patrias para este año será de $72.486 para los trabajadores cuya remuneración líquida, que les corresponda percibir en el mes de agosto del año 2019, sea igual o inferior a $752.209.

Para quienes reciban un sueldo líquido mensual superior a los 752 mil pesos, su aguinaldo será de $50.318, indica el acuerdo.

No recibirán aguinaldo de Fiestas Patrias aquelos trabajadores que reciban una remuneración bruta superior a $2.490.923.

BENEFICIOS:

El dinero del aguinaldo de Fiestas Patrias no está afecto a descuentos. Además, no se considera para el pago de impuestos (no es tributable) ni de cotizaciones previsionales y/o de salud (no es imponible).

FECHA DE PAGO: Septiembre de 2019.

Aguinaldo Fiestas Patrias 2019: Pensionados

Es una suma de dinero que se paga por una sola vez, junto con la respectiva pensión de septiembre, a los beneficiarios que cumplan los requisitos.

REQUISITOS PARA RECIBIRLO:

➡ Si eres hombre, debes tener 65 años o más. Y si eres mujer, desde 60 años.

➡ Tu pensión debe ser financiada por Aporte Previsional Solidario, ya sea de vejez o invalidez, o por Garantía Estatal.

➡ Que al 31 de Agosto del 2019 se encuentren acogidas a alguna de estas instituciones:

✅ Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez.

✅ Pensionados o pensionadas Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

✅ Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234.

✅ Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.

✅ Pensionados o pensionadasde las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).

✅ Pensionados o pensionadas de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).

✅ Beneficiarios o pensionadas de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.

✅ Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).

MONTO AGUINALDO FIESTAS PATRIAS:

El monto es de $19.535 vigente al 2019 y se paga en conjunto con la pensión de Septiembre.

En el caso de existir cargas familiares vigentes, se pagará adicionalmente $10.022 por cada una de ellas. Aunque no tenga derecho a cobrar asignación familiar porque su ingreso mensual es superior a 719 mil 503 pesos (es decir, pertenecen al tramo 4 según la Ley N° 18.987).

✅ Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio por Discapacidad Mental.

El dinero del aguinaldo de Fiestas Patrias no está afecto a descuentos. Además, no se considera para el pago de impuestos (no es tributable) ni de cotizaciones previsionales y/o de salud (no es imponible).

El incremento del aguinaldo deberá pagarse a quien perciba o hubiera podido percibir la asignación familiar en caso de que:

➡ Estas asignaciones sean recibidas por una persona distinta del pensionado.

➡ Hubiese podido percibir las asignaciones de no pertenecer al tramo 4.

➡ Incompatibilidades en el pago del Bono Fiestas Patrias 2019, para el sector público y pensionados

➡ Las personas que perciben asignación familiar a causa de cargas que son beneficiarias de una pensión de sobrevivencia sólo tendrán derecho al aguinaldo en calidad de pensionadas, y no recibirán el incremento de $10.022 por esas cargas.

Al respecto, los pensionados y pensionadas de orfandad se consideran carentes de renta y, por lo tanto, sí pueden ser carga familiar de otro.

➡ Cada beneficiario sólo tendrá derecho a un aguinaldo, aun cuando goce de más de una pensión, subsidio o indemnización.

DEBES SABER QUE:

El funcionariado de planta o a contrata del sector público que puedan reclamar el beneficio, sólo percibirán en esta calidad la parte del aguinaldo que exceda de la cantidad que les corresponde como pensionados, beneficiarios del Subsidio por Discapacidad Mental o beneficiarios de la indemnización compensatoria de la industria del carbón (según sea el caso).

En relación con lo anterior, deberá considerarse el total líquido que represente la suma de su remuneración y pensión, subsidio o indemnización. En todo caso, se considerará como parte de la respectiva pensión el monto que el pensionado perciba por concepto de Aporte Previsional Solidario.

Puedes revisar AQUÍ cuál será su fecha de pago del Aguinaldo de Fiestas Patrias 2019.-

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